El no a todo del juez a Koldo: ni archivo, ni nulidad, ni inhibición
28/04/2026 | Noticias
Moreno asegura que es "absolutamente falso" que existan dos procedimientos en el Supremo y la Audiencia "por los mismos hechos y contra los mismos investigados"
Mientras el juicio del "caso mascarillas" encara su recta final, la defensa de Koldo García sigue cuestionando la instrucción de la causa, tanto en el Tribunal Supremo como en la Audiencia Nacional, y reiterando sus peticiones de nulidad. Con infructuosos resultados hasta el momento. A solo unos días de que declare como acusado por el "caso mascarillas", el juez Ismael Moreno, instructor del "caso Koldo" en la Audiencia, ha rechazado en bloque la última batería de peticiones de la abogada del exasesor para intentar desbaratar la investigación pendiente.
La última intentona de su letrada, Leticia de la Hoz, se produjo tras aflorar un informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil sobre las adjudicaciones de contratos para la compra de mascarillas en pandemia. Un análisis policial que reveló que los contactos de Koldo con la entonces presidenta balear Francina Armengol iban mucho más allá de lo que declaró por escrito como testigo en el juicio del "caso mascarillas" la actual presidenta del Congreso.
En el Tribunal Supremo, Koldo reclamó la inmediata paralización del juicio o, en su defecto, que se volviese a llamar a testificar a Armengol. Paralelamente, activó una panoplia de peticiones en la Audiencia. Todas ellas son ahora rechazadas.
No se investiga lo mismo
En un auto, el juez Moreno se niega a acordar la nulidad del procedimiento y también a archivar la causa. Igualmente rechaza abrir un plazo de alegaciones para que las partes del procedimiento se pronuncien sobre las cuestiones de nulidad planteadas. El magistrado de la Audiencia Nacional vuelve a negarse a inhibirse en favor del Tribunal Supremo. Y, por último, cierra la puerta a dejar fuera de la investigación todos los archivos intervenidos a Koldo García de cuyo contenido considera que no ha podido defenderse (insiste en que no ha podido tener acceso a la totalidad de los mismos).
El instructor, de acuerdo con la Fiscalía Anticorrupción, asegura de nuevo que, con la ley procesal en la mano, no es obligatorio "practicar todas aquellas diligencias que puedan resultar pertinentes en relación con el objeto del proceso", sino sólo aquellas "que resulten, además, necesarias".
La defensa de Koldo puso de nuevo sobre la mesa "graves vulneraciones de derechos fundamentales" que, según se queja, imposibilitan que la instrucción siga adelante, al referirse a los mismos hechos objeto de juicio en el Tribunal Supremo, lo que según la letrada genera una "doble imposición penal".
Pero el magistrado replica que "es absolutamente falso que se estén siguiendo dos procedimientos por los mismos hechos y contra los mismos investigados". Aunque los tres acusados -Ábalos, Koldo y el empresario Víctor de Aldama- "también están siendo investigados en este procedimiento", precia, lo son "por otros hechos totalmente diferentes a los enjuiciados por el Tribunal Supremo".
Y a este respecto recuerda que el alto tribunal ya delimitó en diciembre de 2024 el objeto de la causa, y "en ningún momento se hace mención alguna" a los contratos adjudicados por Canarias y Baleares, "en los que, por otra parte, no consta que tuviera intervención alguna José Luis Ábalos".
El juez no ve motivos para archivar la causa respecto a Koldo, pues destaca que "subsisten los motivos" que llevaron a su imputación, "estando pendiente del examen de la diversa documentación y efectos intervenidos en su domicilio".
Y respecto a los dispositivos digitales intervenidos, alude a que se trata de una cuestión "que ha sido resuelta en varias ocasiones", cuando la defensa de Koldo ha reclamado esos archivos. El juez le recuerda que hay que esperar a que la UCO termine de analizar su contenido y presente "los correspondientes informes tras haber efectuado previamente el clonado de tales dispositivos". (La Razón,2026-04-28)
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