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El empleo entre los mayores de 65 años se triplica y llega al máximo de la serie histórica

25/02/2026 | Economía

El empleo entre los mayores de 65 años se triplica y llega al máximo de la serie histórica
*La tasa de ocupación de este colectivo llega al 14% en 2025, desde el 5% de hace una década.

*Los cambios en el sistema de pensiones impulsan el número de trabajadores 'senior' activos.

En los últimos diez años, la proporción de personas mayores de 65 años que continúan activas en el mercado laboral ha crecido año a año. Según las cifras publicadas en la última Encuesta de Población Activa (EPA), la tasa de ocupados de la población de entre 65 y 69 años se sitúa ya en el 14,1% en el caso de los hombres y en el 12,1% en el de las mujeres, habiéndose triplicado ambas cifras en los últimos diez años. En total, en el último trimestre del año había 390.300 trabajadores que se encontraban en este rango de edad, lo que supone el máximo en lo que llevamos de este siglo y en el conjunto de la serie histórica, que se remonta a 1970.

Como consecuencia de este incremento en el número de personas que permanecen en el mercado laboral pasados los 65 años, la tasa de ocupación para este grupo de edad llega a máximos de los últimos 45 años. Sin embargo, todavía queda lejos de las cifras registradas en los años 70, cuando la tasa de ocupación para los hombres de esta edad era del 32,6% (antes de la incorporación de la mujer al mercado laboral).

Así lo destaca el último análisis de Funcas sobre la EPA, Back to the seventies: la ocupación de la población a punto de jubilarse, que reflexiona que "la edad de jubilación a la que se puede obtener el máximo de pensión según los años cotizados va a acabar siendo la de 67 años y no la de 65". Un cambio que, según el think-tank, se explica por los cambios en el sistema de pensiones.

En este periodo de tiempo destaca el impacto de la reforma de 2011 sobre la edad de jubilación. Una modificación del sistema de pensiones que incluyó un incremento progresivo de la edad de retiro de los 65 a los 67 años -dependiendo de los años cotizados de cada trabajador y pudiendo reducirse a los 65 en caso de contar con 38 años y 6 meses de años trabajados- y cuyo despliegue llega a su fin en 2027. Por otro lado, la reforma de pensiones aprobada en 2021 también contaba con cambios que impactan sobre la edad de retiro como el aumento de la penalización a la jubilación anticipada -que ha pasado de usarse en el 44,5% de los casos al 27,9%- y las modificaciones de la activa y la demorada -una modalidad que ya se utiliza en el 10,9% de altas-.

Al tiempo que ha crecido la población de 65 a 69 años, la tasa de ocupación de las personas de entre 60 y 64 años no ha parado de crecer desde 2013. Algo que, según Funcas, va en consonancia "con la recuperación económica" y con los cambios en los requisitos para acceder a la jubilación. En concreto, en el último trimestre de 2025, 1.820.200 personas situadas en este rango de edad contaban con un empleo. Una cifra que supera en un 161% a la de 2005. La tasa para este grupo de edad se situó en el 59,2% para los hombres (el dato más elevado desde los años 80) y en el 49% para las mujeres (la cifra más alta de toda la serie debido, una vez más, a la incorporación más tardía de estas al empleo).

Aunque no especifica más allá de los 54 años, el Observatorio trimestral del mercado de trabajo elaborado por Fedea y BBVA Research, también destacaba ayer la creación de empleo entre los senior. Según estos expertos, la creación de empleo fue generalizada en el cuarto trimestre del año. No obstante, "este resultado -inédito desde 2019- estuvo liderado por la población española entre 25 y 34 años y mayor de 54".

Otra de las cuestiones que concluyó este observatorio es que la incidencia del paro de larga duración -las personas que buscan trabajo desde hace al menos un año- disminuyó un 5,6%. Una circunstancia que afecta especialmente a los grupos de mayor edad. De hecho, según esta estadística, un total de 201.600 personas de entre 55 y 64 años llevaban buscando un empleo al menos dos años en el cuarto trimestre de 2025 (un 38% del total).

Saiz trabaja en reformar la jubilación flexible
Además de las reformas ya mencionadas que han influido sobre la edad de jubilación, el Ministerio de Seguridad Social trabaja en modificar la jubilación flexible, que regula la vuelta al mercado laboral de las personas que ya han accedido al retiro. Modificar este tipo de jubilación es uno de los mandatos acordados en el acuerdo alcanzado por patronal, sindicatos y Ejecutivo en julio de 2024; en julio el Consejo de Ministros autorizó la tramitación urgente de este reglamento, pero todavía no se ha aprobado.

Actualmente, según las cifras publicadas por Seguridad Social en la Memoria del Proyecto de Real Decreto de la jubilación reversible, en el mes de marzo solo existían 3.174 jubilaciones de este tipo en el sistema. Una cifra que, comparada con las 6.570.803 pensiones de jubilación supone un 0,04% del total. Una proporción que Saiz pretende aumentar hasta el 14% una vez transcurridos los cinco primeros años del nuevo reglamento.

El texto publicado en julio en el trámite de audiencia pública indicaba que uno de los principales cambios es que, una vez aprobada, esta modalidad permitirá compatibilizar la pensión con el desarrollo de una actividad por cuenta propia (o lo que es lo mismo, con ser autónomo). El requisito para poder emprender es que, en los cinco años inmediatamente anteriores al hecho causante de la pensión de jubilación, el pensionista no hubiera estado en alta en un régimen de la Seguridad Social como autónomo.

Por otro lado, este texto también eleva la jornada mínima para acceder al retiro flexible, que pasaría del 25% al 40% y la máxima del 75% al 80%. Por otro lado, la reforma de la jubilación flexible también aumentará los incentivos para los pensionistas que decidan volver a trabajar, que recibirían un extra que variará entre el 10 y el 20% sobre la parte de la pensión que siga cobrando. Así, la cuantía de la pensión a percibir (por la parte que no se trabaje) será un 20% superior en el caso de que la jornada parcial sea entre el 60 y el 80%, y un 10% superior si la jornada es de entre el 40 y el 60% de una completa. Un incremento que será del 20% si el jubilado decide emprender. (elEconomista.es, 2026-02-25)
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